¿Qué es la Comisión de Protección de Datos Personales?

Es una Instancia del Sistema Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (SNT), regulada en el artículo 29 de los Lineamientos para la organización, coordinación y funcionamiento de las instancias de los Integrantes del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (en adelante Lineamientos de las instancias).

Entre las atribuciones que realiza la Comisión de Protección de Datos Personales del SNT como instancia se encuentran:

  • Realizar el análisis permanente de la legislación federal y local en materia de datos personales;
  • Elaborar análisis focalizados de cada Entidad Federativa en materia de protección de datos personales, para proveer de mayores elementos a los Organismos Garantes ante una reforma en su respectiva legislación;
  • Proponer acciones para incrementar el conocimiento en materia del derecho a la protección de datos personales, por parte de los integrantes del Sistema Nacional y los Sujetos Obligados; Lineamientos de las instancias.
  • Elaborar propuestas para homologar criterios en materia de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados, entre los integrantes del Sistema Nacional;
  • Proponer acciones conjuntas para difundir y promover el derecho a la protección de datos personales, en coordinación con la Comisión de Promoción y Difusión;
  • Proponer criterios para garantizar el cumplimiento de los principios de licitud, consentimiento, finalidad, calidad de los datos, veracidad, confidencialidad, seguridad, disponibilidad y temporalidad, proporcionalidad y responsabilidad en el recabado y manejo de datos personales por parte de los Sujetos Obligados;
  • Facilitar el intercambio de experiencias entre los integrantes del Sistema Nacional en materia del derecho a la protección de datos personales;
  • Examinar y proponer la homologación de criterios en materia de medidas de seguridad de carácter administrativo, físico y técnico que garanticen de forma efectiva la confidencialidad, integridad y disponibilidad de las bases de datos en los sujetos obligados, a fin de evitar el daño, pérdida, alteración, destrucción o el uso, acceso o divulgación no autorizado de los datos personales;
  • En coordinación con la Comisión de Indicadores y Evaluación de las Obligaciones de Transparencia y del Desempeño del Sistema Nacional, evaluar el adecuado ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de la información personal de los particulares, y la correcta tutela de los responsables de las bases de datos, en posesión de los Sujetos Obligados;
  • Asesorar a los integrantes del Sistema Nacional cuando, en sus ámbitos de competencia, impulsen la adecuación de las disposiciones en materia de protección de datos personales, y
  • Coadyuvar en las actividades del Sistema Nacional relacionadas con la competencia que deriva de su denominación y cumplimiento de la Ley.