¿QUÉ ES?

Es una Instancia del Sistema Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (SNT), regulada en el artículo 28 de los Lineamientos para la organización, coordinación y funcionamiento de las instancias de los Integrantes del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (en adelante Lineamientos de las instancias).

Entre las atribuciones que realiza la Comisión Jurídica, de Criterios y Resoluciones del SNT como instancia se encuentran:

  • Formular propuestas de disposiciones de carácter general que tengan como objetivo el cumplimiento de la Ley y del Sistema Nacional Lineamientos de las instancias.
  • Realizar el análisis permanente de la legislación general, federal y local en materia de transparencia y acceso a la información pública y medidas anticorrupción;
  • Coadyuvar en el análisis permanente de la legislación federal y local en las materias de protección de datos personales y de archivos;
  • Elaborar las propuestas de normatividad tendente a regular las actividades del Sistema Nacional;
  • Analizar las disposiciones normativas emitidas por el Consejo Nacional, así como elaborar y proponer modificaciones a las mismas;
  • Brindar asesoría en el orden jurídico a los integrantes del Sistema Nacional y desahogar las consultas que éstos le formulen;
  • Elaborar los estudios jurídicos que les sean encomendados sobre temas relacionados con las actividades del Sistema Nacional;
  • Dar seguimiento a los asuntos jurisdiccionales trascendentes para la transparencia y el acceso a la información pública, además de elaborar los dictámenes y análisis que le sean encomendados;
  • Proponer los lineamientos en materia de clasificación de la información;
  • Analizar y difundir criterios de interpretación en relación con las materias de transparencia y el derecho de acceso a la información pública;
  • Realizar análisis comparativos sobre los distintos criterios de interpretación adoptados sobre un mismo tema;
  • Proponer en las Sesiones Regionales y de Trabajo criterios de resoluciones que permitan homogeneizar la interpretación del derecho de acceso a la información y la protección de datos personales;
  • Realizar el análisis permanente de los resolutivos de los Organismos Garantes en lo concerniente a la utilización de criterios de resoluciones;
  • Dar seguimiento al ejercicio de los resolutivos del Consejo Nacional en materia de criterios de resolución, y
  • Coadyuvar en las actividades del Sistema Nacional relacionadas con la competencia que deriva de su denominación y el cumplimiento de la Ley.